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La Abogacía del Estado solicita al TS levantar la suspensión del voto de la ‘ley de nietos’

La Abogacía del Estado ha solicitado al Tribunal Supremo levantar la suspensión del voto para las personas ya inscritas en el censo electoral de residentes ausentes que habían conseguido la nacionalidad española a raíz de la llamada la ‘ley de nietos’, ante la «imposibilidad material» de revisar los expedientes por la proximidad de las elecciones generales del 29 de noviembre.

“La Abogacía del Estado solicita al Tribunal Supremo que se levante la suspensión del voto para las personas ya inscritas en el censo electoral de residentes ausentes que habían conseguido la nacionalidad a través de la llamada la ‘ley de nietos’”, ha declarado el organismo.

Contexto de la solicitud

Hace un mes, el Supremo estimaba parcialmente las medidas cautelares pedidas por Vox e Iustitia Europa y paralizaba el voto para estas personas, mientras decidía sobre la cuestión. Ante esa decisión, la Abogacía del Estado presentó un recurso de reposición, y una vez convocadas las elecciones generales para el próximo 29 de noviembre, el Alto Tribunal dio un plazo de cuarenta y ocho horas a las partes para que presentasen sus alegaciones antes de resolver el recurso.

En su escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso RTVE, la Abogacía del Estado recuerda que en su recurso de reposición ya pidió que «se dejara sin efecto» el auto de suspensión del voto y que acordase «no haber lugar a la adopción de medidas cautelares solicitadas». Además, advierte de que es «materialmente imposible» revisar todos los expedientes antes de las elecciones generales del 29 de noviembre sin poner en riesgo el derecho de voto de cientos de miles de españoles y los derechos de defensa de los afectados.

Implicaciones de la suspensión

La Abogacía del Estado señala que inicialmente ya avisó de la imposibilidad de revisar esos expedientes cuando se fijaba el 1 de enero de 2027 «como lapso temporal» para poder certificarlos, pero ahora, indica, esa «imposibilidad material se acrecienta» porque el plazo se acorta al próximo lunes 12 de octubre, por exigirlo la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), ante las elecciones del 29-N.

Asimismo, advierte de que se podría producir un «sacrificio efectivo del derecho de sufragio activo de las personas afectadas por las medidas cautelares. Según la Abogacía del Estado, afectaría a «163.020 españoles reconocidos», aunque solo serían «14.120 potenciales votantes», por lo que su «participación no tendría un impacto significativo en el resultado» de las elecciones.

Ante el riesgo de «sacrificio» de un derecho fundamental, se «debe primar» el ejercicio del derecho a participar. La aplicación de la medida para la formación del censo del 1 de agosto, que es el que se utilizará para las elecciones del 29-N, «supondría impedir y no facilitar» el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que estén fuera de España.

Además, la Abogacía del Estado advierte que se podrían presentar «cientos o miles de recursos», lo que conllevaría «riesgos de colapso judicial o de pronunciamientos judiciales contradictorios». También señala que entre los afectados puede haber españoles que han sido inscritos en el censo por otras razones que no tienen que ver con la ‘ley de nietos’.

Finalmente, reprochan a Vox que en cuatro años que lleva la ley en vigor no haya puesto ningún recurso hasta ahora, por lo que creen que «no puede imputarse inactividad dolosa o negligente a no poder revisar la totalidad de los cientos de miles de expedientes en breves días».

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