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Conde-Pumpido aprovecha la amnistía del 1-O para acusar al Supremo de prevaricación

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, ha aprovechado su ponencia sobre la amnistía de la malversación en el golpe del 1-O presentado por la exconsejera catalana Dolors Bassa para acusar de forma velada al Tribunal Supremo de prevaricar.

En su ponencia, Conde-Pumpido asegura que el Supremo ha emitido en el mismo procedimiento dos pronunciamientos distintos y "recíprocamente inconciliables" sobre la idoneidad de las conductas enjuiciadas para lograr la secesión territorial de Cataluña. Según el presidente del TC, esto constituye una contradicción "flagrante e insoluble" y supone "una quiebra de racionalidad inconciliable" con la garantía de que nadie se vea sometido a razonamientos que presenten de forma manifiesta un carácter contradictorio, irrazonable y carente de sentido lógico. Además, Conde-Pumpido concluye que las resoluciones del Alto Tribunal han incurrido "en una interpretación impredecible de los preceptos aplicables" y no han mantenido el nexo de coherencia necesario "entre la decisión adoptada, la norma que le sirve de fundamento y los fines que justifican la institución de la amnistía".

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital afirman que "Conde-Pumpido no pierde la oportunidad de intentar desprestigiar y desacreditar al Supremo desde el Constitucional a través de sus resoluciones. En su ponencia sobre el recurso de Dolors Bassa, ataca una vez más directamente al Supremo".

"Los términos que utiliza Conde-Pumpido en su ponencia para referirse a las resoluciones del Alto Tribunal son una acusación velada de prevaricación. La ponencia está redactada de una forma que señala a los magistrados de la Sala Penal como prevaricadores sin emplear directamente la palabra prevaricación", añaden.

La prevaricación judicial es el delito que comete un juez o magistrado cuando dicta, a sabiendas, una sentencia o resolución injusta. Dicho delito está regulado en los artículos 446 a 449 del Código Penal, enmarcado en los delitos contra la Administración de Justicia.

Las mismas fuentes consultadas por LD destacan que "Conde-Pumpido en su propuesta de sentencia sobre Dolors Bassa comete además un error flagrante al indicar directamente al Supremo, como si el TC fuera un órgano judicial superior, la resolución que debe dictar para enmendar las resoluciones previas que han sido recurridas por los golpistas del 1-O".

"Este Tribunal ha concluido que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, al rehusar la aplicación de la amnistía a la recurrente en amparo en lo que se refiere al delito de malversación de caudales públicos, ha vulnerado su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, garantizado en el art. 24.1 CE, en conexión con los arts. 23.2 y 25.1 CE, por fundarse su decisión en una interpretación extensiva, contraria al espíritu y finalidad de la norma, e internamente contradictoria de los presupuestos de aplicación de las causas de exclusión", apunta la ponencia de Conde-Pumpido.

"Procede, por ello, declarar la nulidad de los autos impugnados, lo que ha de llevar aparejado, para el debido restablecimiento del derecho fundamental lesionado, la retroacción de las actuaciones al momento inmediatamente anterior al pronunciamiento del primero de los autos, para que la Sala dicte una nueva resolución en…

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